La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia expone 21 tipos de violencia, estos son:
Violencia psicológica: considerada como cualquier acto que pueda disminuir la autoestima de la mujer y que la lleve a la depresión, o incluso al suicidio.
Acoso u hostigamiento: cualquier tipo de comportamiento abusivo dirigido a perseguir, intimidar o chantajear a una mujer.
Amenaza: anuncios o actos con el fin de causar un daño a futuro para intimidar a la mujer.
Violencia física: todo acto que genere un daño o sufrimiento físico en la mujer.
Violencia doméstica: cuando cualquier tipo de pariente o persona con la cual sostiene una relación afectiva agrede, amenaza o intimida a una mujer.
Violencia sexual: aquella conducta que vaya en contra del libre derecho que tiene la mujer de decidir sobre su sexualidad.
Acceso carnal violento: violencia de tipo sexual que consiste en introducir cualquier tipo de objeto u órgano en las partes íntimas de la mujer mediante violencia o amenaza.
Prostitución forzada: Cuando obligan a la mujer a realizar actos sexuales para obtener un beneficio económico.
Esclavitud sexual: cuando una mujer es vendida, intercambiada u obligada a realizar actos sexuales.
Acoso sexual: cuando un individuo le exige a una mujer actos sexuales o cualquier otro comportamiento de la misma índole, bajo una amenaza o promesa de hacerle daño.
Violencia laboral: Es aquella discriminación hacia la figura de la mujer en los centros de trabajo que obstaculicen su acceso al empleo, ascenso, estabilidad laboral, etc.
Violencia patrimonial y económica: cualquier acción dirigida a producir limitaciones económicas para controlar sus ingresos.
Violencia Obstétrica: cuando un profesional del área de la salud mantiene un trato deshumanizador, abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, resultando la pérdida de la autonomía de la mujer.
Esterilización Forzada: cuando privan a la mujer de su capacidad biológica y reproductiva sin su consentimiento.
Violencia Mediática: cuando la mujer es explotada, discriminada, deshonrada o humillada a través de cualquier medio de comunicación
Violencia institucional: autoridades, instituciones, funcionarios, agentes, etc, retardan, obstaculizan o impiden el acceso a las políticas públicas que garantizan los derechos de la mujer.
Violencia simbólica: cualquier tipo de mensaje o símbolo con el fin de transmitir desigualdad, discriminación y/o subordinación de la mujer en la sociedad.
Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes: captura, reclutamiento o transporte entre fronteras para obtener un beneficio.
Trata de mujeres, niñas y adolescentes: Todo proceso para llevar a una mujer, niña o adolescente a la explotación sexual.
Inducción o ayuda al suicidio: se considera como una consecuencia extrema de la violencia psicológica, acoso, hostigamiento y amenaza
Femicidio: homicidio de una mujer por simplemente serlo.
Las mujeres pueden denunciar cualquier acto de violencia ante: el Ministerio Público, los Juzgados de Paz, las prefecturas y jefaturas civiles, órganos de policía, unidades de comando fronteriza y cualquier otra organización, división, tribunal o institución que se le atribuya esta competencia.
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